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Interrupción legal del embarazo

Oaxaca, la segunda entidad en despenalizar: qué significa hoy

Oaxaca despenalizó el aborto en 2019, doce años después de la CDMX. Cronología verificada, artículos reformados y qué significa hoy para ti en Oaxaca de Juárez.

Publicado el Actualizado el 11 min de lecturaOaxaca

Respuesta directa. La despenalización del aborto en Oaxaca ocurrió el 25 de septiembre de 2019, cuando el Congreso del Estado reformó el Código Penal. Oaxaca fue la segunda entidad del país en hacerlo, doce años después de la Ciudad de México. El límite es de 12 semanas de gestación y el servicio debe ser gratuito en el sistema público.

Última revisión: 15 de agosto de 2026.

Desde finales de 2019. El Congreso del Estado aprobó la reforma al Código Penal el 25 de septiembre de 2019 y el decreto se publicó en el Periódico Oficial del Estado el 24 de octubre de 2019, de acuerdo con la carpeta informativa del propio Congreso de Oaxaca. Vas a encontrar en internet quien diga que fue el 28 de octubre: esa fecha corresponde muy probablemente a la cobertura periodística de la publicación, no a la emisión del decreto. Si necesitas la fecha para un trámite, un escrito o una discusión con una institución, la que cuenta es la del Periódico Oficial.

Conviene entender por qué esa fecha marcó al país. En 2019 solo existía un antecedente: la Ciudad de México, que había despenalizado en abril de 2007. Durante doce años ninguna otra entidad se movió. Oaxaca rompió esa pausa. Después vinieron Hidalgo, Veracruz, Baja California, Colima y una veintena más: buena parte de lo que hoy llamamos “la marea verde” arrancó su segunda etapa aquí.

Para ti, en términos prácticos, significa algo muy concreto: si estás embarazada en Oaxaca y decides interrumpir dentro de las primeras 12 semanas, no estás cometiendo un delito. No necesitas justificar tu decisión, no necesitas encuadrar en ninguna causal y no necesitas el permiso de nadie más.

¿Cuál es la cronología exacta de la despenalización en Oaxaca?

Esta es la línea del tiempo verificable. Si alguien en una ventanilla te dice otra cosa, esto es lo que puedes citar.

Fecha Qué ocurrió Fuente
24 de abril de 2007 La Ciudad de México despenaliza el aborto hasta las 12 semanas y se convierte en la primera entidad del país Asamblea Legislativa del Distrito Federal
25 de septiembre de 2019 El Congreso del Estado de Oaxaca aprueba la reforma al Código Penal: segunda entidad del país Congreso de Oaxaca; cobertura de Ipas México
24 de octubre de 2019 Se publica el decreto en el Periódico Oficial del Estado de Oaxaca (algunos medios reportaron el 28 de octubre, por fecha de cobertura) Carpeta informativa del Congreso de Oaxaca
Contenido Se reforman los artículos 312 a 316 del Código Penal del Estado de Oaxaca Carpeta informativa CEMPAG, Congreso de Oaxaca
Límite 12 semanas de gestación para la interrupción voluntaria, sin necesidad de causal Código Penal del Estado de Oaxaca
A 6 años Los Servicios de Salud de Oaxaca reportan nueve unidades médicas que realizan ILE Gobierno del Estado de Oaxaca

Una advertencia honesta: la entrada en vigor de un decreto suele ocurrir al día siguiente de su publicación, pero no pudimos confirmarlo para este caso concreto. Si tu situación depende de una fecha exacta, consulta el decreto original con acompañamiento jurídico.

¿Qué artículos del Código Penal de Oaxaca cambiaron?

Cambiaron cinco: del 312 al 316. Es el bloque del Código Penal del Estado que regula el aborto, y la reforma de 2019 lo reescribió para que la interrupción voluntaria dentro de las 12 semanas dejara de configurar delito.

Aquí tenemos que ser transparentes contigo, porque es la clase de dato que otros sitios inventan con toda tranquilidad: no pudimos verificar el texto literal vigente de cada fracción en el Periódico Oficial, ni los rangos exactos de pena que subsisten después de la semana 12. Lo que sí está documentado por el propio Congreso del Estado es qué artículos se tocaron y qué causales quedaron vigentes. Por eso te lo contamos en paráfrasis y te remitimos a la fuente primaria: si necesitas citar el texto, descárgalo del Periódico Oficial del Estado de Oaxaca o solicítalo por transparencia. No cites agregadores de legislación: varios muestran versiones anteriores a la reforma.

Lo que sí puedes dar por firme: el límite de 12 semanas y el hecho de que, pasado ese plazo, el aborto voluntario sigue siendo punible en Oaxaca salvo que se actualice una causal.

¿Qué causales siguen aplicando después de las 12 semanas?

El artículo 316 enumera los supuestos en los que no hay responsabilidad penal aunque el embarazo haya rebasado las 12 semanas. Según la fuente institucional del Congreso del Estado, son cinco:

  1. Aborto culposo —es decir, imprudencial— causado por la propia mujer embarazada.
  2. Embarazo producto de violación.
  3. Embarazo producto de inseminación artificial no consentida.
  4. Riesgo para la vida o la salud de la mujer.
  5. Alteraciones genéticas o congénitas graves del producto, con diagnóstico médico.

Fíjate en un matiz que casi siempre se pierde: la causal cuatro no dice solo “riesgo para la vida”. Dice vida o salud, y la salud, según el propio marco de la Organización Mundial de la Salud, no es únicamente la ausencia de enfermedad física. Es una causal más amplia de lo que la mayoría de la gente supone.

Y el punto que más se malinterpreta, dicho con todas sus letras: antes de la semana 12 no necesitas ninguna de estas causales. Tu voluntad basta. Las causales son la puerta que queda abierta después. Si te piden justificar tu decisión dentro del plazo, te están pidiendo algo que la ley no exige.

¿Qué te garantiza la Ley Estatal de Salud de Oaxaca?

Este es el dato que casi nadie menciona y que puede cambiar tu conversación en una ventanilla. La Ley Estatal de Salud de Oaxaca establece que las instituciones públicas de salud deben garantizar el derecho a la interrupción legal del embarazo bajo cinco principios: no discriminación, gratuidad, accesibilidad, aceptabilidad y calidad, con un plazo máximo de atención de tres días naturales.

Tres días naturales. No tres días hábiles, no “cuando haya cupo”, no “el mes que entra”. Ese plazo es una herramienta que puedes invocar cuando pides una cita en el sistema público. Si te dan una fecha muy posterior, pide por escrito que se registre tu solicitud con la fecha en que la hiciste y menciona el plazo que fija la Ley Estatal de Salud.

Con una salvedad de honestidad: no pudimos verificar el número de artículo exacto de esa ley, así que no lo citamos. Menciona el principio, no un artículo que no puedas sostener. Y si te niegan el servicio, revisa qué hacer si un hospital público te niega el servicio en Oaxaca.

Porque despenalizar no es lo mismo que garantizar el servicio, y en Oaxaca esa brecha es la historia real del último lustro.

Despenalizado significa que el Estado ya no te puede procesar. Disponible significa que hay una unidad médica cerca de ti, con personal capacitado, insumos y una fecha de cita real. Lo primero cambió en 2019 de un día para otro. Lo segundo se construye mucho más lento, y Oaxaca es un estado enorme, montañoso y con población dispersa en cientos de municipios.

Los números cuentan la historia sin adornos. Seis años después de la reforma, los Servicios de Salud de Oaxaca reportan nueve unidades médicas que realizan interrupción legal del embarazo en todo el estado, y la Clínica de la Mujer de la capital ha realizado alrededor de 130 procedimientos según cobertura periodística, sin fecha de corte precisa. Compara eso con el tamaño del estado. La conclusión no es que la ley falló: es que la ley cambió y el servicio todavía no la alcanzó.

A esa distancia hay que sumarle la objeción de conciencia del personal de salud. Existe y es legítima en lo individual, pero la Suprema Corte fue clara al resolver sobre el artículo 10 Bis de la Ley General de Salud: la objeción no puede convertirse en una barrera de acceso. Las instituciones están obligadas a tener personal no objetor disponible y a referirte de inmediato si quien te atiende se excusa.

¿Qué te toca hacer hoy si estás embarazada en Oaxaca?

Tres cosas, en este orden.

Primero, ubica tus semanas con precisión. Todo el marco legal oaxaqueño gira alrededor de la semana 12, y la cuenta se hace desde el primer día de tu última menstruación, no desde la fecha en que crees que te embarazaste. Un ultrasonido lo confirma. La diferencia entre “creo que tengo ocho semanas” y “creo que tengo doce” lo decide casi todo.

Segundo, decide por qué vía. La vía pública es gratuita y está respaldada por la Ley Estatal de Salud, pero se concentra en pocas unidades; la vía privada cuesta y tiene otros tiempos. Te contamos las dos, con nombres y ubicaciones reales, en dónde abortar en Oaxaca de Juárez.

Tercero, no esperes. Es el consejo más aburrido y el más útil. Cada semana reduce tus opciones de método y, al acercarte al límite, cambia tu situación legal por completo. Pide la cita pública ya y averigua en paralelo tu opción privada: tener las dos abiertas no cuesta nada.

Para el panorama completo del marco estatal, revisa nuestro artículo pilar sobre aborto legal en Oaxaca.

Preguntas frecuentes

¿Cuándo se despenalizó el aborto en Oaxaca?

El Congreso del Estado aprobó la reforma al Código Penal el 25 de septiembre de 2019 y el decreto se publicó en el Periódico Oficial del Estado el 24 de octubre de 2019, según la carpeta informativa del propio Congreso. Oaxaca fue la segunda entidad del país en despenalizar.

Hasta las 12 semanas de gestación, sin necesidad de justificar tu decisión ni de encuadrar en ninguna causal. Después de ese plazo, el aborto voluntario sigue siendo punible salvo que se actualice alguna de las causales del artículo 316.

¿Qué artículos del Código Penal de Oaxaca se reformaron?

Los artículos 312 a 316. El bloque regula el aborto en el estado y fue reescrito en 2019 para que la interrupción voluntaria dentro de las 12 semanas dejara de ser delito. El texto literal vigente debe consultarse en el Periódico Oficial del Estado.

¿El servicio público de aborto en Oaxaca es gratuito?

Sí. La Ley Estatal de Salud de Oaxaca establece que las instituciones públicas deben garantizar la interrupción legal del embarazo bajo los principios de no discriminación, gratuidad, accesibilidad, aceptabilidad y calidad, con un plazo máximo de atención de tres días naturales.

Los Servicios de Salud de Oaxaca reportan nueve unidades médicas en todo el estado. Es una cifra pequeña para el tamaño y la dispersión geográfica de Oaxaca, y explica por qué muchas mujeres siguen teniendo que trasladarse a la capital.

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Ver servicios

Fuentes

  1. Congreso del Estado de Oaxaca (CEMPAG) — Interrupción legal del embarazo a 3 años de su despenalización en Oaxacainstitucional
  2. Congreso del Estado de Oaxaca (CESOP) — Carpeta informativa: Interrupción legal del embarazoinstitucional
  3. Ipas México — Oaxaca hace historia y se convierte en la segunda entidad en despenalizar el abortoinstitucional
  4. Gobierno del Estado de Oaxaca — Realiza SSO servicios médicos de interrupción legal del embarazo en nueve unidadesoficial
  5. GIRE — Semáforo normativo del aborto en Méxicoinstitucional
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